07 de Abril, 2024
Radio Mercosur
Cultura

LA NUEVA NORMATIVA PARA EXPORTAR OBRAS QUE BUSCA FORTALECER LA CIRCULACIÓN DE PIEZAS POR EL MUNDO

La nueva normativa para la circulación internacional de obras de arte, simplifica los trámites de exportación para artistas, galeristas y coleccionistas, y busca fortalecer el mercado de arte y la circulación de piezas por el mundo.

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La nueva normativa se implementará “en no más de 30 días”, señaló el Ministro de Cultura de la Nación, Pablo Avelluto.

 
En conferencia de prensa en el auditorio de la Asociación Amigos del Museo Nacional de Bellas Artes, el titular de Cultura dio a conocer los alcances de la modificación de la ley 24.633 publicada en el Boletín Oficial como parte del decreto 27/2018, junto a Claudia Cabouli, Directora Nacional de Bienes y Sitios Culturales de la Secretaría de Patrimonio Cultural, y Pedro Inchauspe, secretario de Simplificación Productiva, dependiente del Ministerio de Producción.
 
Además se encontraban allí representantes de la Agencia Argentina de Inversiones y Comercio Internacional, mientras desde el público escuchaban con atención numerosos galeristas, prensa y funcionarios como Andrés Duprat y Marcelo Panozzo, entre otros.
 
“Este es un desafío que nos habíamos propuesto desde el inicio de la gestión y del que nos hablaba el sector: que la comercialización de obras de arte no fuera tan compleja ni tan traumática. Se hizo lento porque había una enorme tarea para hacer”, señaló Avelluto a modo de presentación.
 
Y agregó: “El decreto hoy no está vigente. Ya está en la Secretaría de Legal y Técnica y se dará a conocer en el corto plazo. La implementación no debería tardar más de 30 días. Esperamos que sea menos. Queremos que cada vez más personas en el mundo conozcan el arte argentino. Nuestro lema es por una cultura sin fronteras”.
 
La modificación de la exportación de obras de arte responde a un largo pedido del sector, que desde hace años enfrenta trámites engorrosos ya sea a la hora de vender una obra a un coleccionista extranjero como de viajar a ferias o eventos internacionales. “No solo por la cantidad de trámites que implicaban un costo extra sino porque muchas veces la exportación quedaba a merced de actitudes discrecionales de funcionarios de aduana”, señaló Avelluto en diálogo con la prensa al término de la conferencia.
 
“Queremos cambiar la lógica de poder que tenía el despachante de aduana”, dijo por su parte Inchauspe, al frente de la recientemente creada Secretaría de Simplificación Productiva. “Queremos que todo sea claro y justo”, agregó.
 
Hasta ahora, el interesado -un artista, galerista o turista, por ejemplo- debía hacer aprobar la salida de esa obra en las oficinas de Aduana en el Aeropuerto de Ezeiza, aún si su partida iba a ser desde otro aeropuerto del país, y ese trámite debía realizarse solo de lunes a viernes, al menos 72 horas antes del viaje.
 
Esto generaba que, por ejemplo, si un artista cordobés viajaba con sus obras a Berlín, debía estar en Buenos Aires al menos tres días antes de su viaje. Si un turista compraba una obra un viernes y regresaba a su país un domingo, no podía llevarse lo adquirido, y tenía que recurrir a un despachante de aduana, graficaron desde el ministerio.
 
Cuando entre vigencia la modificación, las galerías del resto del país no tendrán que viajar a Buenos Aires a realizar el aviso de exportación de obra, los turistas que estén en la Argentina por pocos días podrán llevar las obras como equipaje acompañado y los galeristas y artistas podrán transportar obras a ferias, muestras o residencias en el exterior.
Entre las modificaciones, la nueva normativa simplifica la manera obtener, de forma online, el Aviso de Exportación para artistas vivos o fallecidos hasta hace 50 años. El trámite se realiza a través de la web Trámites a Distancia y alcanza para poder sacar la obra del país.
 
“Todo lo que es trámite a distancia tiene carácter de declaración jurada”, aclaró Claudia Cabouli del Ministerio de Cultura. Desde el momento que el interesado solicita el Aviso de Exportación, el permiso tiene validez por un año, a nombre de la persona que lo solicitó, detalló la funcionaria.
 
Artistas, galeristas o turistas podrán de este modo viajar con un máximo de quince obras en concepto de equipaje acompañado, cumpliendo como único trámite con el correspondiente aviso en el Ministerio de Cultura.
 
Por otro lado, las obras que requieran licencia de exportación, pertenecientes a artistas fallecidos hace más de 50 años, desconocidos o anónimos, podrán tramitar una licencia ante el Ministerio, que se obtendrá en un máximo en 48 horas, siempre que no haya observaciones formales o técnicas.
Es decir que a partir de la implementación de la ley, si una persona viaja con obras de arte en su equipaje, no deberá demostrarlas en el aeropuerto, a menos que se lo soliciten las autoridades portuarias, caso en el que deberá simplemente enseñar su Aviso de exportación, detalló Cabouli.
 
Según la nueva normativa, “la valorización de la obra será en todos los casos la valuación de la obra que el solicitante hubiere efectuado y comunicado como declaración jurada”.
Si el interesado debe exportar a través de un transportista, porque las obras son grandes o muchas, entonces el aviso se solicita a nombre de quien sale del país con las obras, en carácter de “poseedor o tenedor de buena fe”, fue otra de las aclaraciones brindadas durante la conferencia.
La medida -según señaló Avelluto- busca además mejorar la cotización del arte argentino en el exterior, así como también dar una mayor posibilidad a los turistas que visitan el país de poder comprar obras de artistas locales.
 
En esta nueva normativa, la autoridad de aplicación de ley es el Ministerio de Cultura de la Nación y la Dirección General de Aduanas queda exceptuada de verificar e inspeccionar las obras, según explicita el decreto que por estos días espera la aprobación.
 
Fuente: Télam