01 de Abril, 2024
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Economía

Argentina - Emiratos Árabes Unidos: Tratado Bilateral de Inversiones

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El Secretario de Relaciones Económicas Internacionales, Horacio Reyser, destacó la labor de las delegaciones de ambos países y puso de relieve que “la principal característica del presente Acuerdo cabe destacar la incorporación de disposiciones que establecen una relación equilibrada entre inversores y Estados”. Como ejemplo de esto mencionó “la protección de la inversión denominada productiva y la exclusión de la inversión de cartera del ámbito de aplicación del Acuerdo”.
 
El nuevo tratado garantiza un adecuado grado de protección a las inversiones de ambos países e incluye los postulados más actualizados en materia de protección de las inversiones 
extranjeras recomendados por organizaciones internacionales tales como la OCDE y UNCTAD.
 
Reyser explicó también que entre las disposiciones del texto se ha “reconocido de manera expresa un conjunto de derechos en beneficio de los inversores y un mecanismo de solución de diferencias que los habilitan a iniciar reclamos internacionales ante tribunales arbitrales internacionales contra los Estados”. Así, se incorporó el denominado derecho a regular, a los fines de garantizar el cumplimiento de objetivos de política pública, y el derecho de presentar reclamos contra los inversores en el marco de reclamos originariamente iniciados por los inversores.
 
El Acuerdo incorpora además la dimensión del desarrollo sostenible, el medio ambiente y reconoce la obligación de respetar y aplicar tanto el derecho interno de los Estados como el derecho internacional.
 
Ambas delegaciones coincidieron en destacar el ambiente cordial dentro del cual se desarrolló la negociación y manifestaron su confianza en que el presente Acuerdo favorecerá el incremento del flujo de inversiones recíprocas en ambos países.
 
 
Fuente: Información para la Prensa N°: 108/18 - 
Cancillería Argentina - 20 Marzo 2018